Del control previo a la supervisión ex post
Se profundiza el esquema de autorización automática, responsabilidad de los participantes por la información y fiscalización posterior del organismo.
La CNV reemplaza la aprobación previa por un régimen de presentación documental: la mayoría de las emisiones ya no necesitan visto bueno previo del organismo. Una de las reformas más profundas del mercado de capitales argentino de los últimos años.
Presentada por Roberto Silva (CNV) como el "big bang" del mercado y comparada por Federico Sturzenegger con la liberalización de la Bolsa de Londres de 1986.
Se profundiza el esquema de autorización automática, responsabilidad de los participantes por la información y fiscalización posterior del organismo.
PyMEs y productores agropecuarios acceden directo al mercado. Las PyME CNV quedan exceptuadas de comisión fiscalizadora y de estados contables bajo NIIF en el nuevo régimen.
El nuevo Régimen de Mediano Impacto Ampliado multiplica el límite de emisión, con posibilidad de superarlo sin tope si se destina solo a inversores calificados.
Los FCI abiertos obtienen autorización automática sin importar monto ni tipo de inversor. Se exceptúan ETF y fondos con más del 25% invertido en activos del exterior.
El piso baja de 350.000 a 200.000 UVA (−43%) y admite computar activos virtuales para acreditar el patrimonio mínimo exigido.
No se relaja la transparencia: se exige el Régimen Informativo General completo, con estados contables NIIF dentro de los 180 días de la colocación. La decisión de cuándo emitir queda en el CFO.
Crea el Régimen de Mediano Impacto Ampliado (tope UVA 100M).
Replica el régimen ampliado para valores fiduciarios e incorpora los de Desarrollo Inmobiliario. Prórrogas y cambios de programas globales dejan de estar sujetos a aprobación y revisión previa. Aprobación automática con la publicación en la AIF.
Constitución y adenda automáticas vía AIF. Quedan excluidos los ETF y los fondos que inviertan más del 25% de su patrimonio en activos del exterior.
Autorización automática; participación del público general cuando la emisión no supere UVA 100M.
Elimina la aprobación previa para modificaciones de programas globales de ON.
Extiende la tokenización a nuevas categorías: cuotapartes de FCIA ETF, CEVA ETP y valores emitidos bajo los regímenes de autorización automática.
Aprobada el 10 de junio de 2026 y publicada al día siguiente en el Boletín Oficial, la reforma acelera y abarata el acceso al financiamiento vía mercado de capitales hasta ~US$140M sin visto bueno previo, trasladando la responsabilidad al emisor y sus asesores.
El trade-off: se mantiene el estándar informativo pleno y aparecen nuevas exigencias de divulgación. El Estado deja de intervenir antes de cada emisión y conserva sus facultades de supervisión y sanción.